viernes, 16 de enero de 2009

UNIDAD II: MARCO LEGAL DE LAS TIC.



TÉCNICA DEL (PNI DE BONO) EN RELACIÓN CON LA FORMACIÓN DEL TALENTO HUMANO Y DEL FONDO NACIONAL DE CIENCIA TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN:

TITULO VI: DE LA FORMACION DEL TALENTO HUMANO:

El Ejecutivo Nacional promoverá y estimulará la formación y capacitación del Talento Humano especializado en ciencia, tecnología e innovación y sus aplicaciones, para lo cual contribuirá con el fortalecimiento de los estudios de postgrado y de otros programas de capacitación técnica y gerencial.

POSITIVO: En gran parte se podría decir la importancia del estimulo de parte del Ejecutivo Nacional en el fortalecimiento y capacitación del talento Humano a través del apoyo bien sea de forma financiera como: becas, premios, subvenciones entre otros, lo cual ayudara al enriquecimiento profesional de quien lo ejecute ya que se beneficiara en la carrera que ejerza. Por otra parte el apoyo que le presta a los investigadores de las instituciones de educación superior, de formación técnica, de institutos o centros de investigación, en la participación del Plan Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación para la formación de nuevas empresas o asociaciones, basadas en resultados de investigación y desarrollo.

NEGATIVO: La organización de los programas los cuales solo están dirigido a los estudios de postgrado para el talento humano, otros programas de capacitación técnica y gerencial.

INTERESANTE: La globalización significativa de aportes o apoyos al talento humano.

TITULO VII: DEL FONDO NACIONAL DE CIENCIA TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN:

POSITIVO: Apoyo significativo del Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, (FONACIT), y su contribución con la asignación de recursos a los programas y proyectos nacionales, regionales y locales de nuestro País.
Asimismo la ubicación geográfica de estabilidad como organización tomando en cuenta el acceso que se tiene en nuestra localidad y en el exterior.

NEGATIVO: Incumplimiento de las personas o empresas comprometidas a mantener este fondo.

INTERESANTE: Las oportunidades de financiamiento para programas y proyectos de ciencia, tecnología, innovación y sus aplicaciones, asegurando el acceso a la información para todos los potenciales interesados.

TITULO VIII. DEL REGIMEN SANCIONATORIO Y PROCEDIMIENTOS:

Las multas de esta Ley están expresadas en términos porcentuales, se al equivalente de unidades tributarias (U.T) que corresponden al momento del incumplimiento y se cancelaran utilizando el valor de la misma que estuviere vigente para el momento del pago. A quienes hubieren tenido alguna actividad científica con recursos provenientes del ministerio de ciencia tecnología e innovación o de sus aplicaciones, e incumplan estipulaciones acordadas, dentro del reglamento se le aplicaran multas en unidades tributarias y se le suspenderán el otorgamiento de nuevos recursos en un lapso de 2 a 5 años posteriores al pago.
Se establecen una serie de técnicas expuestas para las empresas que contribuyan al (FONACIT) Fondo Nacional de Ciencia y Tecnología que hayan tenido un incumplimiento al momento pagar la cuota establecida para la misma.

POSITIVO: Encontramos la ventaja o el modo de otorgamiento de pago por parte de un desarrollo o actividad científica, así como también las condiciones para demostrar la responsabilidad por parte de la empresa y por ende del usuario.

NEGATIVO: Se presenta la falta de cumplimiento del individuo o empresa, lo cual actúa frente situaciones agravantes a partir de la renuencia del cliente o ente adscrito, tomando en cuenta el irrespeto a los procesos administrativos puesto que incurren a los derechos previstos del usuario.
Otro aspecto negativo serian las molestias causadas al pasar el caso de sanción a entes extremos por el incumplimiento del usuario o entes adscritos.

INTERESANTE: El Decreto de las Tecnologías dentro de esta ley son flexibles y resultan considerables las medidas aplicadas dentro del periodo sancionatorio buscando la posibilidad de evitar molestas al usuario o empresas adscritas que contribuyen al desarrollo tecnológico, investigaciones por parte del Ministerio de Ciencia y Tecnología e Innovación al momento de suministrar información.
Correspondencia ante los medios para búsqueda de solución de problemas frente los actos voluntarios y forzosos por parte del usuario o del beneficiario.

Participantes:
Azuaje Daniela C.I:17.600.773
Cuba Marielby C.I:17.363.027